La sanidad en Mondragón a comienzos del siglo XX

By Alfonso Donnay - lunes, abril 09, 2018




  La existencia de médicos o similares en nuestro pueblo, puede datarse documentalmente al menos desde el siglo XVI.

Veamos una fantástica receta de la época para la gota.
“Dos onças de seuo de cabrón viejo, dos onças del del (sic.) cieruo et dos onças del del (sic.) raposo et todas estas regaladas etcétera, et en un mortero una onça de gordura de serpient et una unça de agua ros, dos onças de çera virgen blanca et fiat unguentum.”

Para esas fechas, desconocemos el proceder a la hora de las intervenciones médicas, el cobro y el montante de sus emolumentos.
Muy posiblemente estos se cobraran por actuación y nos da que muchos mondragoneses sin recursos tuvieron que enfrentarse a la parca sin ningún apoyo médico, lo cual hizo proliferar otra profesión pseudo médica; la curandería que, basada en unos elementales conocimientos empíricos sobre los efectos de ciertas plantas en el organismo y un mucho de sortilegio, paliaron y en raras ocasiones curaron algunos males pasajeros.

Los años y los siglos transcurrían sin que se apreciaran grandes avances en la especialidad.
La llamada Cura de Malatz, muy utilizada como cicatrizante durante la primera guerra carlista. Una mezcla de aceite, flor de romero, manzanilla y bálsamo del Perú le fue aplicada por Petriquillo a Zumalacárregui con ocasión del infausto acontecimiento de su herida de arma de fuego.

De la misma manera, unos años antes (Guerra de la Convención) los mondragoneses pretendían espantar la peste mediante colocación de hogueras de enebro en todas las puertas de entrada a la villa para purificar el aire, mientras la pulga de la rata, verdadera transmisora de la enfermedad campaba a su anchas.


Llegados al siglo XX nos encontramos el siguiente panorama en Mondragón: la población era reconocida como Parte Urbana y Parte Rural respectivamente atendidas por los Drs. Ángel Espinosa y Alberto Martínez de Ubago la primera y Dn.Félix Ortiz de Urbina la segunda.

Para el correcto funcionamiento y conocimiento de la población, el año 1912 se publicó un breve opúsculo en el que en veintiún puntos, se expresan detalladamente las condiciones que regirán las diferentes actuaciones médicas.

En ambas Partes se reconocían dos posibles alternativas. La del pago puntual por actuación médica o visita o bien el sistema de iguala anual.

...La iguala anual (dos pagos semestrales)consiste en el abono de la cuota correspondiente a todos los individuos que forman parte integrante de la familia, a razón del precio que, por individuo y año se fija en la clasificación general de vecinos
Y la de visita en el abono de la cantidad (pago mensual)que resulte por cada una que practique el médico al enfermo en su domicilio a razón de la tarifa que se marca.”

Los doctores se aseguraban el cobro de sus actuaciones en el punto 5º donde se recogía que “...las facturas que no pueda cobrarlas el médico las presentará al Presidente de la Comisión de vecinos(*) quien procederá contra los interesados con toda la fuerza moral y apoyo como testigo si el médico llevase a los morosos a los tribunales.”

No hay piedad para el pobre. El artículo continúa en tono amenazante “...Caso de insolvencia, se le negará en lo sucesivo el servicio, mientras no pague lo atrasado y además adelante dinero para lo sucesivo...”

Los artículos siguientes vienen a recoger excepcionalidades y condicionantes tales como: “En el precio del ajuste anual se entienden incluidos los nacimientos y abortos, percibiendo además por cada parto y el sobreparto siete pesetas y cincuenta céntimos.”

“Las enfermedades venéreas o sifilíticas quedan excluidas del ajuste así como las heridas a mano airada o en agresión cuando haya culpable probado judicialmente.”

“ Los accidentes casuales se considerarán como enfermedad natural, como también los de trabajo cuando no haya patrono.”

“ El médico tendrá su residencia fija en el casco de la villa y no podrá ausentarse del término municipal por más tiempo que el de quince días todo el año dejando de sustituto a otro compañero titular.”

   Por lo que respecta a las tarifas, estas se dividen en cuatro clases:

De 1ª Clase
A razón de 2,50 Ptas por individuo al año o 0.50 Ptas. cada visita.

Dña. Fabiana Mendía, Fermín Resusta, José Mª Resusta, Dagoberto Resusta, Valentín Milicua, Higinio Resusta, José Joaquin Arin, José Mª Herrasti, Maro Aguinaga, Ramón Barrena, Juan Carlos Guerra, Luis del Hierro, José Azkoaga Resusta, Eugenio Gorosábel, Máximo Aranzábal, Severiano Samperio, Toribio Aguirre, Conde de Monterrón, Adán de Yarza.

   !Vamos¡ Todos los que eran alguien en Mondragón¡

De 2ª Clase
A razón de dos pesetas por individuo al año o 0,50 Ptas.por cada visita.

D. Antero Milicua, Nicasio Armendáriz, Agustín Otaduy, Cayo Barrutia, Casimiro Pradere, Ruperto Bedia. Francisco González, Daniel Arkauz, Demetrio Luco, José Mª Madina, José Mª Ayala, Cipriano Resusta, Eustaquio Aguirreurreta, Agustín Aranzábal, Prudencio Balerdi, Rosa Ayastuy, Pedro Eizaguirre, Mateo Altuna, Ignacio Echaurre, Francisco Imaz, Alfredo Lafitte, Gregorio Echevarría, Juan Goñi, Pastora Oquendo, Esteban de Garay, Josefa Ortuoste, Bruno Zabala, Félix Arano, Martín Abarrategui, Isabel Gorosábel, Estefanía Arregui, Canuto Aranzábal, Julián Ceciaga, Cruz Madinabeitia, Ricardo López, Dámaso Arriola, Tadeo Azkárate y Gaspar Bedia.

   También eran “alguien”,... pero menos.

De 3ª Clase
A razón de 1,50 Ptas. por individuo o 0,50 por cada visita.

Una larga lista de 110 mondragoneses entre los que se encuentra el convento de la Concepción , muchos propietarios de pequeños negocios, beneficiados parroquiales y cargos municipales.

De 4ª Clase
A razón de una Pta. por individuo o 0,50 Ptas. por cada visita.

Todos los demás vecinos que no figuran en las tres clases precedentes.

Por lo que respecta a la Parte Rural, se decía:

“Todo vecino de la parte rural queda en libertad de utilizar el servicio Médico-Quirúrgico por iguala anual familiar o por visita. En ambos casos pagará el importe correspondiente a razón de nueve pesetas por familia en la primera forma y una peseta por visita en la segunda por semestres vencidos cuando sea por iguala anual y por meses cuando sea por visita.
Para los efectos de este contrato los vecinos obreros fabriles de Cigarrola y Zaldíbar, se considerarán de la parte urbana.”

Algo, hemos mejorado ¿no?

La Comisión de vecinos estaba formada por D. Vicente Vélez de Mendizábal Zubia (Presidente).

D. Antonio Uranga Ituarte, D. Basilio Gordoa y Arregui, D. Vicente Urcelay y Uribarri y D. Tomás Heriz y Eguiluz (Vocales).


Jose Angel Barrutiabengoa
AZE kidea

  • Share:

You Might Also Like

0 comentarios